Como ya vimos en el RGPD, uno de los puntos en los que más van a insistir es en la recogida del consentimiento.
Consentimiento
Multa a Facebook por utilizar datos sin consentimiento
Ayer mismo aparecía la noticia de que la AEPD había impuesto una multa a Facebook por recopilar, almacenar y utilizar información de los usuarios sin autorización previa.
Uno de los puntos a tener en cuenta es que si recopilamos, y almacenamos información de los usuarios, debemos informar de para que se van a utilizar los datos obtenidos.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una sanción de 1,2 millones de euros a Facebook por vulnerar la normativa sobre protección de datos personales de los usuarios. La agencia ha constatado que la red social recopila, almacena y utiliza información de los usuarios para fines publicidad sin haber obtenido la previa autorización para ello.
La investigación emprendida por la propia agencia ha permitido comprobar que la compañía estadounidense, que cuenta con más de 2.000 millones de usuarios conectados en todo el mundo, no informa de forma exhaustiva y clara sobre los datos que va a recoger y los tratamientos que va a realizar con ellos sino que se limita a dar algunos ejemplos.
A tenor de las comprobaciones de la AEPD, la red social recoge otros datos derivados de la interacción que llevan a cabo los usuarios en la plataforma y en sitios de terceros sin que estos puedan percibir claramente la información que Facebook recoge sobre ellos ni con qué finalidad la va a utilizar.
La agencia también ha constatado que la política de privacidad de Facebook contiene «expresiones genéricas y poco claras», y obliga a acceder a multitud de enlaces distintos para conocerla.
La red social hace referencia de forma imprecisa al uso que va a hacer de los datos que recoge, de forma que el usuario no llega a ser consciente de la recogida de datos que realiza Facebook, ni de su almacenamiento.
Ignora asimismo para qué van a ser utilizados.
Fuente: El País